Salud Pública
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El trabajo de los veterinarios, decisivo para garantizar la inocuidad y seguridad de los alimentos
Real Decreto 1086/2020, de 9 de diciembre, por el que se regulan y flexibilizan determinadas condiciones de aplicación de las disposiciones de la Unión Europea en materia de higiene de la producción y comercialización de los productos alimenticios y se regulan actividades excluidas de su ámbito de aplicación.
Modificación del Reglamento para el control de la triquina en porcino ha sido publicada el pasado 15 de octubre por el Diario Oficial de la Unión Europea. Los cambios se han producido en los apartados de muestreo, método de referencia para la detección y condiciones de importación
Folleto divulgativo de la AECOSAN sobre el 'Plan Nacional de Control Oficial de la Cadena Alimentaria 2016-2020'
Fuente: AECOSAN
Y más en una región como la castellano-manchega, en la que el 30 % del PIB lo soporta la actividad agroalimentaria, un campo de actuación que ha experimentado en los últimos años un vertiginoso cambio y que se encuentra inmerso en un marco de globalización con coordenadas ciertamente ilimitadas. La industria agroalimentaria es clave para el crecimiento del país y tiene mucho que ver con la evidente recuperación de la economía, sobre todo por el gran potencial que está experimentando la exportación de este tipo de productos.
Las sucesivas fases de la cadena alimentaria, desde el origen del alimento en la fase de producción, pasando por el proceso de fabricación, envasado, almacenaje y distribución para supuesta a la venta, hasta que el producto llega a la mesa están repletas de actuaciones veterinarias que dan la confianza necesaria al consumidor. Garantizar la seguridad de los alimentos en los niveles exigidos por los consumidores, requiere el compromiso absoluto todos los sectores, siendo de particular importancia la colaboración, participación y sensibilización del sector primario. Cuando hablamos de continuidad en la cadena alimentaria, entendida como “de la granja a la mesa”, estamos estableciendo una visión complementaria, sin compartimentos estancos
Este siglo nos ha traído un cambio en la estrategia de políticas en seguridad alimentaria cuyo éxito ha residido en la identificación de la ciencia y la innovación como piezas claves de la economía en la Unión Europea y dentro de este sector económico las empresas de alimentación son de las más importantes. La profesión veterinaria ha sido capaz de modernizar sus estructuras y afrontar nuevos retos, para ser capaces de satisfacer las demandas de una sociedad cada vez más responsable y exigente. Conscientes de esta necesidad, los colegios profesionales se esfuerzan por potenciar la presencia de los veterinarios en todos aquellos campos donde el papel del veterinario es imprescindible.
La propia normativa comunitaria recalca el papel del veterinario cuando desarrolla normas específicas para la organización de controles oficiales de los productos de origen animal destinados al consumo humano especificando que teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos especializados, es conveniente que los veterinarios oficiales efectúen auditorías e inspecciones en los mataderos, establecimientos de manipulación de caza y determinadas salas de despiece.
Nunca los alimentos han sido tan seguros y saludables ni las producciones ganaderas y las industrias alimentarias han estado más controladas sanitariamente.
La labor que desarrollan los veterinarios también se pone de manifiesto en la disminución significativa de distintas zoonosis como salmonelosis, tuberculosis, brucelosis y otras más ligadas a animales de compañía como la leishmaniosis, la rabia o la hidatidosis.
El veterinario es pieza clave en el control y desarrollo de la salud pública, que no se puede separar de la salud animal.
Nuestro Lema :
Higia Pecoris, Salus Populi
La salud del pueblo ligada a la sanidad animal
Plan de colaboración para la mejora de la composición de los alimentos y bebidas y otras medidas 2017-2020
11/04/2017
31/03/2017
NUEVA NORMATIVA DE CONTROL EN SEGURIDAD ALIMENTARIA
El Parlamento Europeo respaldó este pasado miércoles 15 de marzo endurecer las inspecciones alimentarias en toda la cadena de suministro, desde el productor al consumidor. La nueva normativa, acordada ya informalmente con el Consejo, pretende mejorar la trazabilidad de los alimentos, combatir el fraude y recuperar la confianza de los consumidores en la cadena alimentaria tras escándalos como el de la carne de caballo.
La legislación establece un sistema de control más amplio y efectivo en los ámbitos de seguridad de los alimentos y piensos, salud veterinaria y vegetal, producción orgánica e indicaciones geográficas.
TODA LA INFORMACION EN EL SIGUIENTE ENLACE :
AECOSAN lanza la campaña “El etiquetado cuenta mucho” para explicar las ventajas de la información alimentaria facilitada al consumidor
El actual etiquetado se rige por el Reglamento (UE) Nº 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo del 25 de octubre de 2011 sobre información alimentaria facilitada al consumidor y se aplica desde el 13 de diciembre de 2014, excepto las indicaciones relativas a la información nutricional, que son aplicables desde el pasado 13 de diciembre de 2016. El propósito es conseguir un alto nivel de protección de la salud y garantizar el derecho a la información de los consumidores. El Reglamento se aplica a todos los alimentos destinados al consumidor final.
La Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN) lanzó la campaña en la que se explican cuáles son las ventajas del actual etiquetado de alimentos , que se rige por la normativa europea y que ofrece información más clara, completa, y útil al consumidor.
PRINCIPALES CAMBIOS EN EL ETIQUETADO GENERAL
Algunos de los principales cambios producidos en el etiquetado se indican a continuación:
- Mejora la legibilidad: las menciones obligatorias se imprimirán de manera que se garantice una clara legibilidad en caracteres con un tamaño de letra de al menos 1,2 mm con carácter general.
- La información obligatoria se indicará en un lugar destacado, fácilmente visible, claramente legible y, en su caso indeleble. No estará disimulada, tapada o separada por ninguna otra indicación o imagen, ni por ningún otro material interpuesto.
- Las sustancias que causan alergias o intolerancias se destacan en la lista de ingredientes con un tamaño mínimo de letra y mediante una tipografía que las diferencie del resto de ingredientes.
- Los alimentos sin envasar también deben informar de las sustancias que causan alergias o intolerancias.
- Indicación del origen vegetal específico de los aceites y grasas vegetales.
- En la información nutricional obligatoria figurará: el valor energético, grasas, grasas saturadas, hidratos de carbono, azúcares, proteínas y sal.
EN CUANTO A LA INFORMACION NUTRICIONAL
La información nutricional obligatoria se debe presentar en el mismo campo visual, de manera que sea fácilmente visible, claramente legible e indeleble. Está regulado el tamaño de letra igual o superior a 1,2 mm y ha de presentarse en formato de tabla, excepto que el espacio no lo permita, en cuyo caso se puede presentar de forma lineal.
Por otro lado, además de los valores por 100 g o 100 ml, puede expresarse por porción o por unidad de consumo de forma fácilmente reconocible para el consumidor, a condición de que la porción o la unidad de consumo que se utilice se exprese cuantitativamente en la etiqueta y se indique el número de porciones o de unidades que contiene el envase.
Están exentos de incluir la información nutricional: los productos sin transformar o curados que incluyen un solo ingrediente, el agua, la sal, las especias, el té, los vinagres, los aditivos alimentarios, las bebidas con grado alcohólico superior a 1,2 %, los alimentos en envases cuya superficie mayor sea inferior a 25 cm² (como mermeladas o mantequillas de hostelería), entre otros. Los alimentos no envasados también están exentos, pero puede darse de forma voluntaria limitándose al valor energético, o bien al valor energético y cantidad de grasas, grasas saturadas, azúcares y sal, y expresarse sólo por porciones o por unidades de consumo.